Desde la DGyDS proponemos este documento como una herramienta de trabajo para fortalecer el reconocimiento de la comunidad universitaria en materia de acceso y garantía de los derechos establecidos en la normativa de la UNSAM.
Es el dispositivo que se emplea ante situaciones de violencia y discriminación en la UNSAM.
El Consejo Superior adhirió al Acuerdo Plenario N° 1076/19 del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) referente a la organización de la capacitación obligatoria en materia de género y violencia contra las mujeres prevista en la Ley Nacional N° 27.499 “Ley Micaela”.
El Consejo Superior en la Res. N° 167/18 resolvió promover la utilización de lenguaje inclusivo en los instrumentos administrativos y de gestión. Posteriormente aprobó la Guía, indicando en la Res. N° 304/21 que los usos inclusivos del lenguaje contemplados en ella no deben ser motivo de desaprobación, sesgo en la evaluación o corrección diferenciada en una producción académica.
El Consejo Superior aprueba la emisión de títulos y certificaciones con expresiones no sexistas no binarias con arreglo a los derechos reconocidos en la Ley de identidad de Género N°26.743 y el Decreto N°476/2021.
La modificación del Reglamento General de Estudiantes incluye en sus artículos 47 al 57 la descripción e instrumentación de licencias estudiantiles con perspectiva de género.
Se establece que la Universidad debe ocupar una proporción no menor al 1% de la totalidad del personal con personas travestis, transexuales y transgénero, buscando de este modo generar políticas afirmativas que tiendan a reparar las desigualdades existentes en relación al acceso a derechos y específicamente al empleo de las personas trans.